Una indemnización por accidente con alcance se paga por la aseguradora del vehículo responsable, y suele provocar lesiones cervicales y lumbares que no siempre reconocen las compañías.
En un accidente por alcance es habitual que la aseguradora reconozca la dinámica del siniestro, pero discuta el verdadero alcance de las lesiones, sobre todo si hay pocos daños materiales o antecedentes médicos previos.
Esto es lo que le ocurrió a Gema (nombre ficticio para mantener su anonimato), víctima de una colisión por alcance importante que le provocó lesiones cervicales y lumbares.
La aseguradora le hizo una oferta insuficiente que no se correspondía con el verdadero alcance del daño.
Con la ayuda legal de nuestros abogados de siniestros en Madrid conseguimos una sentencia favorable que le concedió una indemnización de 11.543,39 euros más intereses y costas, frente a los 3.959,72 euros que ofrecía la aseguradora.
Esta es su historia, un ejemplo que demuestra que nunca debes dar por buena la oferta de la aseguradora hasta asesorarte legalmente.
El accidente de Gema: una colisión por alcance con siniestro total y lesiones cervicales y lumbares
En octubre de 2020 Gema circulaba por la autovía M-40 en Madrid cuando tuvo que detenerse por las circunstancias del tráfico en una retención.
En ese momento el vehículo que circulaba detrás suyo colisionó violentamente con su parte trasera, desplazándola contra el vehículo que tenía delante, al que golpea a su vez.
La dinámica del accidente no era discutida y se apoyaba en el informe estadístico- Atestado del siniestro:
- El vehículo que circulaba detrás de Gema era responsable, al colisionar por alcance trasero con ella por no guardar la debida distancia de seguridad.
- Fruto de esa colisión el vehículo de Gema es desplazado hacia delante, chocando con el vehículo que circulaba delante de ella.
- Gema recibe, por tanto, dos impactos (el trasero y el que se produce por el desplazamiento de su vehículo contra el de delante)
- La intensidad del golpe fue tal que el vehículo de Gema fue declarado siniestro total.
Las consecuencias del accidente por alcance: lesiones cervicales y lumbares, secuelas y gastos
A consecuencia del accidente la lesionada presentó una situación clínica compatible con síndrome cervical y lumbar postraumático:
- Para recuperarse necesitó asistencia médica y tratamiento rehabilitador.
- Cursó baja laboral y tras el alta inicial sufrió una nueva baja pocos días después, vinculada a la persistencia y reagudización de la sintomatología.
- Tuvo que realizarse pruebas diagnósticas complementarias para valoración del daño, en concreto resonancias cervical y lumbar.
- El accidente le dejó tras recibir el alta médica secuelas a nivel cervical y lumbar.
- Tuvo que hacer frente a gastos de desplazamiento a médicos y rehabilitación y pagar de su bolsillo parte del tratamiento rehabilitador que necesitó para recuperarse.
La reclamación extrajudicial a la aseguradora: una oferta insuficiente
Como exige el artículo 7 de la LRCSCVM, una vez que la lesionada recibió el alta médica formulamos la reclamación previa a la compañía de seguros responsable.
La aseguradora no discutió la dinámica del accidente, que no era controvertida.
Sin embargo, hizo una oferta motivada de pago de tan sólo 3.959,72 euros, una cantidad que consideramos insuficiente porque no contemplaba adecuadamente el periodo real de baja y recuperación, los gastos y la entidad de las secuelas de Gema.
Intentamos negociar un acuerdo extrajudicial por el accidente de tráfico con la compañía, para evitar el procedimiento judicial, pero no fue posible porque la aseguradora se negó a subir la oferta inicial, con la que no estábamos conformes.
Lo que debes tener en cuenta en este tipo de reclamaciones:
- Es habitual que las compañías hagan ofertas de pago a la baja para pagar menos.
- Nunca debes aceptar esta primera oferta de indemnización sin consultar a un abogado especialista.
- En ocasiones la negociación amistosa permite llegar a un acuerdo extrajudicial subiendo la aseguradora la oferta inicial.
- Cuando no es posible hay que acudir a la vía judicial.
Reclamación judicial: cómo conseguimos una indemnización de 11.543,39 euros frente a los 3.943,95 euros ofrecidos por la aseguradora
Como no fue posible llegar a un acuerdo con la aseguradora acudimos a la vía judicial interponiendo demanda contra la compañía en reclamación de 11.543,39 euros de indemnización para nuestra clienta.
La indemnización se había calculado con una cuantificación ajustada al Baremo de Tráfico y basada en:
- La documentación necesaria para reclamar el accidente de tráfico, tanto médica y clínica de la lesionada como los justificantes de gastos.
- La pericial apostada con la demanda emitida por un perito experto en valoración del daño corporal.
En la demanda solicitamos para nuestra clienta una indemnización calculada aplicando el Baremo de Tráfico de 11.543,39 euros desglosada en:
- 102 días de perjuicio personal moderado (incapacidad temporal): 5.587,56 euros.
- Secuelas: agravación cervical 3 puntos + agravación lumbar 3 puntos: 5.757,54 euros.
- Gastos de fisioterapia (5 sesiones privadas): 192 euros.
- Gastos de transporte para ir a los médicos (Cabify): 69,29 euros.
Todo lo que solicitamos estaba probado y documentado con los informes médicos de la lesionada y los justificantes de los gastos que había pagado de su bolsillo.
La aseguradora contestó a la demanda y esto es lo que hizo:
- Se allanó parcialmente reconociendo el accidente y su obligación de indemnizar.
- Consignó la cantidad de 3.943,95 euros, que es la indemnización que ofrecía, muy lejos del importe que nosotros reclamábamos en la demanda.
- Se opuso al resto de las cantidades que pedíamos, negando la duración del periodo de recuperación, rebajando el valor de las secuelas y discutiendo el pago de los gastos.
El juicio se celebró con asistencia de todas las partes y quedó visto para sentencia.
Sentencia favorable: el Juez condena a la compañía a pagar los11.543,39 euros reclamados en la demanda, intereses y costas
En febrero de 2025 Juzgado de 1.ª Instancia nº 9 de Madrid dictó sentencia estimando íntegramente nuestra demanda.
La sentencia analiza de forma detallada las pruebas practicadas, los documentos aportados y las periciales de cada parte.
La resolución del Juez es especialmente relevante por tres motivos:
- Reconoce íntegramente los 102 días de perjuicio moderado, considerando acreditado que la segunda baja (tras reincorporación breve) seguía teniendo origen traumático vinculada al accidente.
Rechazaba así la postura de la aseguradora, que defendía el no pago de ese periodo de baja por deberse sólo a la patología previa de la lesionada.
- Respecto a las secuelas, el Juez concluye que no puede reducirse a una sola agravación mínima como defendía la compañía.
Había afectaciones en dos zonas diferenciadas (cervical y lumbar), que debían valorarse por separado, otorgando 3 puntos a cada una, por lo que fija el pago de 5.757,54 euros por secuelas.
- Admite también los gastos reclamados: tanto las 5 sesiones de rehabilitación privadas (al no ser facilitadas por la Seguridad Social y estar dentro del periodo de baja) como los desplazamientos en taxi para recibir las sesiones.
La sentencia fija una indemnización total de 11.543,39 euros, haciendo constar que ya se habían entregado por la compañía 3.943,95 euros (la cantidad que reconocían), por lo que restaba por abonar 7.599,44 euros.
Además, el Juez condena a la aseguradora a pagar los intereses del art. 20 LCS y acuerda la imposición de costas a la demandada.
Este es el fallo de la sentencia:
Aquí puedes leer la sentencia completa de este caso de éxito.
Reclamar con abogados especialistas en accidentes: la clave para que la aseguradora te pague toda la indemnización
El accidente de Gema no es un caso aislado y demuestra una realidad muy habitual en las reclamaciones por lesiones y daños accidentes de tráfico:
- La dinámica del siniestro no se discute en muchas ocasiones, por ejemplo, cuando hay un alcance trasero y la responsabilidad del vehículo culpable está acreditada.
- La aseguradora intenta reducir el alcance del perjuicio cuando existen antecedentes, cuestionando bajas, duración del tratamiento o secuelas.
- Cuando la documentación médica y la prueba pericial acreditan una evolución coherente, el Juzgado reconoce lo que corresponde.
Nada de esto es posible si la víctima no tiene asesoramiento legal independiente y ajeno a las compañías de seguros, que velan por su interés y no por el de la parte perjudicada.
En VALENZUELA Y RESEL ABOGADOS trabajamos cada expediente con un enfoque de rigor médico-jurídico:
- Ordenamos la documentación clínica que justifica el alcance del daño.
- Construimos una estrategia probatoria sólida.
- Si es necesario, acudimos a la vía judicial para que la indemnización se ajuste al daño real.
El resultado de esta gestión sólida es lo que hemos obtenido con el caso de nuestra clienta: estimación total de la demanda, reconocimiento del periodo de baja y de secuelas cervicales y lumbares, y condena a los intereses del art. 20 LCS y las costas.
Si tienes un accidente de tráfico no esperes para asesorarte y delegar la defensa de tus intereses frente a la aseguradora: podemos ayudarte a reclamar y asegurar que recibas la justa indemnización que te corresponde.
Te animamos a contarnos tu historia y recibir en una consulta gratuita y sin compromiso toda la información que necesitas para reclamar con garantías tu indemnización.




