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Caso de éxito: conseguimos 62.101 € de indemnización por un accidente con vehículo fugado

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3 de noviembre de 2025

La indemnización por accidente con vehículo fugado se reclama al Consorcio de Compensación de Seguros.

Para valorar los daños sufridos se aplica el Baremo de Tráfico, y la cuantía de la indemnización depende de las lesiones y perjuicios que ha tenido la víctima.

Lo habitual es que las aseguradoras discutan la culpa en el accidente o valoren a la baja las lesiones, ofreciendo una indemnización menor.

Esto es lo que le pasó a César (nombre ficticio para mantener su anonimato), que tuvo que reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros, pero le hicieron una oferta de pago muy inferior a la que le correspondía.

Con la ayuda de nuestros abogados expertos en accidentes de tráfico consiguió en la reclamación judicial una indemnización justa por sus lesiones, en una sentencia favorable que le reconocía la totalidad de la cantidad que reclamamos, recibiendo 62.101,16 euros.

Accidente de tráfico con vehículo fugado: el caso de César y su recuperación tras lesiones grave

César sufrió un grave accidente de circulación el 30 de octubre de 2019 en la autovía A42.

Ese día un Ford Mondeo que circulaba sin seguro obligatorio cambió bruscamente de carril a la derecha, colisionando lateralmente con varios vehículos que circulaban correctamente por ese carril, entre ellos el de nuestro cliente.

Como consecuencia de la violencia del impacto, el vehículo de César volcó dando varias vueltas de campana, teniendo que ser rescatado de su interior.

El conductor del Ford Mondeo, responsable del accidente, se dio a la fuga abandonando el lugar del accidente.

Nuestro cliente sufrió graves lesiones: traumatismo craneoencefálico, cervicalgia y omalgia izquierda, desarrollando posteriormente un síndrome post conmocional y trastorno de estrés postraumático.

Esto le supuso pasar por una larga baja médica de 652 días, hasta que recibió el alta por estabilización lesional en agosto de 2021.

Desde el primer momento asumimos la defensa de los intereses de César con una estrategia legal completa, apoyada en la documentación médica, informes periciales y seguimiento constante de su proceso de recuperación.

Reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros: demostramos la culpa y las lesiones de César

En un accidente de tráfico con fuga la responsabilidad civil se reclama al Consorcio de Compensación de Seguros.

Cuando interviene en el siniestro un vehículo fugado puedes tener varios problemas:

  • Tienes que demostrar el accidente, que ha ocurrido de verdad, ya que el responsable se ha marchado sin dejar datos.
  • Debes acreditar también que la culpa fue de ese vehículo fugado y no tuya.
  • Tienes que probar, por último, que existe nexo causal entre el accidente y las lesiones que has sufrido.

En el caso de César no tuvimos problemas con la culpa, puesto que pudios acreditarla y el Consorcio reconoció su obligación de indemnizar.

El problema vino con la valoración de las lesiones sufridas por nuestro cliente, que fue muy baja y no se correspondía con los daños reales sufridos por nuestro cliente.

Con base en la Ley 35/2015 realizamos al Consorcio el preceptivo requerimiento fehaciente de pago reclamando la indemnización para César.

La reclamación se acompañaba de un informe pericial médico de valoración de lesiones y la documentación de todo el proceso médico de nuestro cliente.

En total, reclamábamos una indemnización inicial de 54.922,86 euros que incluía lesiones, secuelas y perjuicio moral por pérdida de calidad de vida por las limitaciones que le quedaron a César en su día a día por las secuelas sufridas.

El Consorcio respondió con una oferta motivada de 23.407,32 euros reconociendo su responsabilidad, pero sin valorar parte de las secuelas y del período de curación de nuestro cliente.

Esta oferta fue aceptada sólo como pago a cuenta, sin renunciar al derecho a reclamar judicialmente la totalidad de la indemnización.

Demanda judicial por la indemnización: dos sentencias favorables con intereses y costas

Dado que la indemnización ofrecida por el Consorcio era muy baja y no se correspondía con las lesiones reales de César, tuvimos que reclamar por vía judicial.

Presentamos demanda de juicio ordinario en los Juzgados de 1ª Instancia de Madrid en febrero de 2022.

Con la demanda aportábamos nuestra prueba médica, documental y pericial de valoración de lesiones, acreditando el proceso curativo de nuestro cliente.

Así demostrábamos al Juez que las lesiones de César no se encontraban estabilizadas en la fecha que alegaba el Consorcio, sino que persistieron con tratamiento médico activo durante casi dos años.

El Consorcio contestó nuestra demanda oponiéndose a nuestras pretensiones, indicando haber abonado la cantidad de 23.407,32 euros.

El juicio quedó señalado para mayo de 2023, y en febrero el Consorcio consignó judicialmente una nueva cantidad al cambiar la valoración de la secuela psicológica, por importe de 2.156,16 euros.

El 1 de junio de 2023 el Juez emitió sentencia estimando íntegramente nuestra demanda condenando al Consorcio de Compensación de Seguros a pagar:

  • La cantidad de 15.286,52 € adicionales a lo que ya había abonado.
  • Los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
  • Las costas procesales, teniendo en cuenta las cantidades previamente abonadas.

La sentencia analizaba detalladamente los informes periciales de cada parte, coincidiendo en la valoración realizada en nuestra pericial médica, y estimando tanto los días moderados como las secuelas y el perjuicio moral.

Este es el fallo de la sentencia en 1ª Instancia:

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Sin embargo, pese a que la sentencia estimaba íntegramente nuestras pretensiones, existían errores aritméticos en la misma, por lo que interpusimos un recurso de aclaración en el Juzgado.

En el recurso explicábamos que la sentencia decía “estimación íntegra”, pero en realidad omitía una parte de las cantidades que habíamos reclamado.

Por eso la resolución no recogía la totalidad de los conceptos reclamados ni reflejaba la verdadera extensión de las secuelas y perjuicios sufridos por nuestro cliente.

El Juzgado desestimó la aclaración solicitada, lo que nos llevó a interponer recurso en apelación, defendiendo que la valoración judicial debía ajustarse a las cantidades íntegramente reclamadas.

Por su parte, el Consorcio de Compensación de Seguros tampoco estaba conforme con la sentencia, por lo que interpuso también recurso de apelación.

Sentencia firme de la Audiencia Provincial: el Consorcio condenado a pagar 62.101,16 €

La Audiencia Provincial resolvió por sentencia de 25 de septiembre de 2025 el recurso formulado por el Consorcio y nuestra impugnación.

La reclamación del Consorcio fue desestimada en su integridad.

En cuanto a nuestra reclamación, la Audiencia entendió que procedía la estimación de nuestra impugnación de la sentencia dictada en 1ª Instancia por coherencia con su contenido y fundamentación.

¿Esto qué significó para nuestro cliente?

Básicamente, que había un error aritmético y faltaban importes por incluirse, reconociendo a su favor:

  • La cantidad de 35.716,56 euros por los 652 días de perjuicio personal por pérdida de calidad de vida moderados.
  • La cantidad de 18.384,60 euros por los 16 puntos de secuelas funcionales.
  • La cantidad de 8.000€ por el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.

Todo ello hacía un total de 62.101,16 euros.

De los 62.101,16 euros reclamados había que descontar las cantidades abonadas ya por el Consorcio, quedando pendiente de pago el importe de 38.693,84 euros.

Esto también repercutía, lógicamente, al cálculo de los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro que tenía que pagar el Consorcio, además de tener que abonar también las costas procesales.

Este es el fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial:

Aquí puedes leer la sentencia completa de la Audiencia.

La Audiencia Provincial ratificó la plena relación causal entre el accidente y las lesiones, confirmando la validez del informe pericial presentado por nuestra parte y rechazando la valoración restrictiva del Consorcio.

Este nuevo caso de éxito vuelve a demostrar que no debes aceptar de primeras la oferta de pago de una aseguradora, porque, con toda seguridad, no recoge la totalidad de la indemnización que te corresponde.

Pese al tiempo transcurrido, César ha conseguido percibir la justa indemnización que le correspondía, muy superior a la oferta inicial que le hizo el Consorcio.

Siempre insistimos en que una defensa jurídica firme, rigurosa y persistente puede revertir una resolución incompleta en el Juzgado de primera instancia y obtener una sentencia definitiva justa en apelación.

En Valenzuela y Resel Abogados acompañamos a nuestro cliente durante todo el proceso médico y judicial, defendiendo cada concepto indemnizatorio hasta conseguir la reparación total de los daños sufridos.

Si eres víctima de un accidente de tráfico con lesiones estamos deseando conocer tu historia y ayudarte a resolver todas tus dudas en una consulta gratuita y sin compromiso.

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