Cervicalgia por Accidente de Tráfico: ¿qué tengo que hacer para que me pague la aseguradora mi indemnización?

Cervicalgia por Accidente de Tráfico
11 de octubre de 2021

Si has tenido un accidente de tráfico y te diagnostican una cervicalgia, prepárate para “pelearte” con la aseguradora que tiene que pagar los daños que has sufrido.

Es posible que estés pensando al tratarse de una lesión “menor”, la compañía de seguros que te tiene que indemnizar no va a ponerte problemas.

Y es justamente todo lo contrario.

Muchas reclamaciones derivadas de una cervicalgia en accidente terminan en los Tribunales.

Y si no sabes cómo tienes que acreditar tus daños y desconoces lo que dice el Baremo sobre este tipo de lesiones puedes incluso quedarte sin indemnización, aunque tengas derecho a ella.

Cuando sufres daños en la columna cervical, acude siempre y cuanto antes a un abogado especialista en accidentes para que te ayude a reclamar.

 

Cervicalgia por accidente de tráfico: la lesión más habitual

Más del 80% de las víctimas de un siniestro sufren algún tipo de daño en la zona cervical tras un siniestro, sea leve o más grave, aunque por lo general es una lesión propia de los accidentes de baja intensidad, como un alcance trasero, que es lo más habitual.

Aquí los plazos son fundamentales, pues la Ley exige que para tener Derecho a una indemnización la lesión tiene que ser aparecer en tiempo médicamente explicable, con especial relevancia a que aparezca en las primeras 72 horas (3 días).

Por eso es importantísimo que ante cualquier dolor o molestia acudas a un servicio de urgencias en los primeros tres días y seas reconocido por un médico, y así el informe dará fe de que la cervicalgia es consecuencia del accidente.

Cuando acudes al Hospital por dolor en el cuello tras sufrir un accidente, lo más habitual es que el diagnóstico que te den sea de “cervicalgia postraumática”, “esguince cervical” o incluso “latigazo cervical”.

En todos los casos, dejando al margen las pequeñas diferencias desde un punto de vista médico, hablamos de lesiones en el cuello, la parte de la columna vertebral que más sufre cuando tienes un siniestro.

Hay cervicalgias que con unos días de reposo y una buena rehabilitación curan en unos dos o tres meses sin mayor problema.

Esto ocurre en la mitad de los casos de víctimas con cervicalgia por un accidente.

De la otra mitad, un 40% de perjudicados suelen tener algún tipo de secuela tras recibir el alta médica, y el 10% restante padece complicaciones derivadas de la cervicalgia que pueden desembocar en patologías mayores (una hernia, por ejemplo) o incluso requerir intervención quirúrgica.

Hay cervicalgias que pueden llegar a ser muy incapacitantes para la víctima, por ejemplo, si es una persona que ya tenía una patología previa en esa zona, si tiene más edad o si la lesión es más severa.

Y aquí es donde viene el problema con las compañías.

¿Qué opinan las aseguradoras de las cervicalgias en un accidente?

Las reticencias de las compañías a pagar indemnizaciones derivadas de una cervicalgia no son nuevas, y quienes como en Valenzuela & Resel Abogados llevamos muchos años defendiendo a las víctimas de siniestros, sabemos que este tipo de daños siempre han dado problemas.

La cosa se ha complicado con la entrada en vigor en 2016 del nuevo Baremo de Tráfico, que vino a perjudicar los intereses de las víctimas de carácter leve-que son la mayoría-y en especial, cuando sufren lesiones en la columna vertebral.

El problema que te vas a encontrar con la aseguradora si tienes que reclamar por una cervicalgia es triple:

  •  Primero, sea como sea que te encuentres, la compañía siempre va a considerarla una lesión “menor”.
  • Segundo, para valorarla utilizan criterios estadísticos, sin tener en cuenta cómo te encuentres, de qué forma te ha afectado, o cómo quedas después del alta médica.
  • Tercero, en la mayoría de los casos no te van a pagar secuelas, porque consideran que este tipo de lesión cura del todo, sin importar tu estado real.

La consecuencia es que las compañías de seguros discuten mucho y pagan poco y mal este tipo de indemnizaciones, o directamente te deniegan el pago.

 

Baremo de Tráfico y cervicalgia: los problemas para reclamar

Seguramente has escuchado hablar del Baremo de Tráfico, que es la normativa a aplicar en valoración y cálculo de tu indemnización cuando eres víctima de un accidente, y que tras su entrada en vigor ha perjudicado, y mucho, a los lesionados leves, y en especial cuando padecen daños cervicales.

El problema cuando tienes que reclamar por una cervicalgia es el ya famoso artículo 135 del Baremo, que se refiere a los traumatismos “menores” de la columna vertebral, entre ellos los de cuello.

La aplicación por las compañías de este artículo en las reclamaciones por lesiones cervicales supone para muchos perjudicados quedarse sin indemnización.

El artículo 135 establece 4 criterios que deben darse para que si has sufrido una cervicalgia tengas derecho a que te paguen la cantidad que te corresponda:

  • El topográfico establece que debe existir una relación causal entre la zona del cuerpo afectada por el accidente y la lesión sufrida.
  • El de exclusión indica que no debe haber ninguna otra causa que justifique totalmente la patología que te han diagnosticado, en este caso cervical.
  • El cronológico indica que tienes que tener un diagnóstico de lesiones antes de que pasen 72 horas desde el accidente para acreditar que son consecuencia directa del siniestro.
  • El de intensidad exige que haya una adecuación entre los daños personales sufridos y el mecanismo de producción del accidente.

Si has tenido una cervicalgia por accidente de tráfico, lo primero que va a hacer la aseguradora que tiene que pagarte es comprobar que se cumplen todos ellos, y en caso contrario, de primeras te van a denegar el pago de la indemnización.

Los casos más controvertidos derivan de la aplicación de los dos últimos:

 ✔ Si sufres una lesión leve y decides que con reposo y analgesia se te van a pasar los síntomas, y esperas más de 72 horas para ir al médico cuando ves que la sintomatología persiste, la aseguradora no te va a pagar.

El motivo que alegan es que se ha roto el nexo causal entre siniestro y lesiones, aplicando el criterio cronológico.

 ✔ Si el accidente es leve y los daños materiales son de poca entidad, la compañía te denegará el pago aplicando el criterio de intensidad.

Suelen utilizar algún tipo de informe biomecánico cuyo objetivo es “demostrar” que es imposible que hayas tenido lesiones en un golpe de baja intensidad.

La mala noticia es que muchos perjudicados que no conocen que este tipo de argumentos de las aseguradoras pueden desmontarse con ayuda legal especializada, se quedan sin cobrar una indemnización a la que tienen derecho.

La buena noticia es que con un asesoramiento legal por abogados especialistas en accidentes estas reclamaciones se ganan en un porcentaje altísimo de casos.

 

Qué tienes que hacer para que te indemnicen por cervicalgia en accidente de tráfico

Como en cualquier otra reclamación derivada de un siniestro, en los casos de cervicalgia es fundamental que te anticipes a la posible negativa de la aseguradora a indemnizarte.

Lo primero es no esperar nunca para acudir al médico de inmediato, aunque tus daños hayan sido leves, para contar con un primer diagnóstico de lesiones antes de que pasen 72 horas desde el accidente.

Lo segundo, asegurarte de que en el informe médico se acredita la existencia de la lesión: no es lo mismo que se indique “el paciente refiere dolor” a que se haga constar que hay, por ejemplo, una contractura cervical con limitación de movilidad o una rectificación de la lordosis cervical acreditada en una radiografía.

En este segundo caso hay una lesión objetiva y real que impide a la compañía aplicar el artículo 135 del Baremo, porque existe una verificación médica que acredita un daño que debe ser indemnizado.

Lo tercero es que busques el asesoramiento legal de un abogado especialista en accidentes de tráfico, que te va a ayudar:

– A recibir el mejor tratamiento de rehabilitación para tratarte la cervicalgia y te va a indicar qué pruebas diagnósticas e informes médicos debes pedir para evitar que la aseguradora te deniegue el pago en base al artículo 135 del Baremo.

– A demostrar que, aunque los daños materiales de tu vehículo sean leves, tienes derecho a una indemnización, utilizando los informes biomecánicos o periciales que sean necesarios.

– A reclamar la indemnización que te corresponda en vía judicial si la compañía de seguros te sigue denegando el pago.

Si en algo somos expertos en Valenzuela & Resel Abogados es en reclamaciones de cervicalgia por accidente de tráfico.

Y lo sabemos porque llevamos más de 20 años reclamando este tipo de casos a las aseguradoras, con un altísimo porcentaje de éxito.

Si eres víctima de un siniestro y has tenido daños personales en la columna vertebral, no lo dudes y habla con nuestros abogados.

Y recuerda que tu cobertura por defensa jurídica te cubre en todo o en parte los honorarios del abogado independiente y especialista que elijas.

 

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