¿Quién paga los gastos médicos en caso de accidente de tráfico? Qué hacer para que no sean un perjuicio para ti

quien paga los gastos medicos en un accidente de trafico
19 de febrero de 2022

Saber quién paga los gastos médicos en caso de accidente de tráfico es una de las dudas más recurrentes de las víctimas con daños personales.

Lo habitual, si eres lesionado en un siniestro, es que acudas de inmediato a las urgencias de cualquier Hospital, público o privado.

Pero la confusión viene tras esta primera atención médica:

¿Por qué la Seguridad Social no cubre mis gastos médicos?

¿Qué es eso de los Convenios Sanitarios?

¿De qué se ocupan las Unidades de Tráfico de los Hospitales?

¿Dónde acudo para hacer rehabilitación y que no me cobren?

¿Qué me cubre la compañía de seguros?

No solo es importante dar bien los primeros pasos para el diagnóstico de tus lesiones y que no te de problemas la aseguradora al reclamarlos.

También tienes que conocer las opciones que tienes para recibir el tratamiento y rehabilitación que requieres tras el accidente sin llevarte sorpresas porque te reclamen tus gastos médicos.

La ayuda legal que te ofrecemos en Valenzuela & Resel Abogados para gestionar tu accidente incluye nuestro asesoramiento para que sepas dónde acudir y cómo hacer para recibir el tratamiento que mejor te conviene y necesitas.  

Qué incluyen los gastos médicos derivados de un accidente de tráfico y cómo afecta la culpa

Parece fuera de toda duda que los gastos médicos que como víctima puedas tener derivados de un accidente donde no eres culpable no tienes que asumirlos tú.

Cuando hablamos de gastos médicos no nos referimos solo a que te atienda la ambulancia en el lugar del siniestro o a esa primera visita que haces al Hospital para que te hagan el primer diagnóstico.

También hablamos de pruebas médicas, de rehabilitación, intervenciones quirúrgicas y de todo lo que necesites a nivel de tratamiento para restablecerte.

Sin embargo, como en todas las reclamaciones derivadas de un siniestro, aquí también influye quién ha tenido la culpa en el accidente.

 ¿Eres responsable o el culpable ha sido un tercero?

¿Eres ocupante, sea cual sea el vehículo en el que viajabas, responsable o no?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que en España existe un Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria que incluye la cobertura de asistencia sanitaria, independientemente de la culpa del accidente.

Por ello si eres ocupante de un vehículo que ha sufrido un accidente la póliza del propio vehículo cubre la asistencia sanitaria de todos los ocupantes, incluido el conductor culpable.

Para dar servicio a estos lesionados la mayoría de las Compañías de Seguros han firmado los convenios de asistencia sanitaria con clínicas privadas repartidas por toda España.

Por ello cualquier lesionado en un accidente está cubierto por estos convenios, aunque en la práctica surgen muchísimos problemas, pues se ponen plazos y requisitos que, en muchos casos, por desconocimiento de las víctimas no se cumplen y es donde aparecen los problemas.

En cualquier caso, es importante saber que un lesionado en un accidente de tráfico, siempre que no sea culpable, tiene derecho a que le resarzan el importe total de los gastos sanitarios que tenga y que sean necesarios para la curación de sus lesiones.

Por ello tienen derecho a acudir al profesional u Hospital que consideren para realizar el tratamiento que entiendan necesario (siempre que sea prescrito por un médico) y la Compañía del vehículo culpable tendrá que pagar la totalidad de las facturas emitidas.

Para evitar problemas con todos estos trámites, es fundamental estar asesorados por abogados especialistas en accidentes de tráfico.

 

Los gastos médicos derivados de un accidente de tráfico: acudir a la Seguridad Social. 

Una duda muy extendida es pensar que la Seguridad Social se ocupa de cubrir las facturas de la asistencia médica que recibes cuando tienes un accidente.

Pero no es así, aunque sea lo primero que suele hacerse tras el siniestro.

Los costes los paga la aseguradora del vehículo, como hemos visto (o el Consorcio de Compensación de Seguros, según sea el caso).

Esto no significa que no puedas acudir a un Hospital de la Seguridad Social para que te atiendan, incluso si no está muy claro cómo ha sido el accidente.

Imagina que acudes a un Hospital de la Seguridad Social, o a tu Centro de Salud para que te hagan el primer diagnóstico de lesiones.

Cuando acudes a Urgencias te van a facilitar un impreso que debes rellenar con los datos del accidente, los de tu seguro y los del contrario, para que la factura de tu asistencia médica la remitan a la compañía.

Es muy importante que cumplimentes este impreso para evitar que puedan reclamarte esos gastos a ti.

¿Qué ocurre si tu accidente ha sido laboral, durante tu jornada o in itinere?

En este caso son las Mutuas Laborales quienes van a hacerse cargo de tu asistencia médica, no la Seguridad Social, y repercutirlo a la compañía que corresponda.

El pago de los gastos médicos en base a los Convenios sanitarios

Hace unos años se pusieron en marcha los llamados Convenios de Asistencia Sanitaria, para simplificar todos los trámites asociados a la atención médica de víctimas de accidentes de circulación.

De esta forma se mejoraba la atención a los lesionados y se agilizaba todo el papeleo entre centros médicos y Hospitales de la Sanidad Pública de todas las Comunidades Autónomas, Consorcio de Compensación de Seguros y UNESPA, que es la entidad que representa a las aseguradoras.

De esta forma, como víctima vas a recibir asistencia médica por tus lesiones sin que tengas que pagar tus gastos médicos.

Y entre Centros médicos y compañías los trámites se agilizan, los primeros cobran antes el servicio que prestan y las aseguradoras controlan mejor los gastos de esos tratamientos médicos a los perjudicados. 

En el sector público hay un Convenio de Asistencia Sanitaria por cada Comunidad Autónoma, que incluyen los Hospitales y centros a los que acudir para hospitalización, asistencia y rehabilitación.

Cuando acudes tras un siniestro, ellos se ocupan de facturar a la aseguradora que corresponda los costes de tu tratamiento.

En el sector privado tienes el Convenio UNESPA, que agrupa a una serie de clínicas, Hospitales y centros de rehabilitación adheridos.

También hay un Convenio de Emergencias Sanitarias, que cubre ayuda a la víctima en el lugar de ocurrencia del siniestro y traslados al Hospital, por cualquier medio (aéreo, terrestre…).

Otros Convenios son el suscrito en Madrid con el SAMUR, o el que tiene el Consorcio de Compensación de Seguros con el Servicio Público de Salud.  

Las Unidades de Tráfico de los Hospitales y el Convenio UNESPA

Las Unidades de Accidentados de Tráfico de Hospitales son un servicio especializado que ofrece asistencia en hospitales privados a víctimas de accidentes (ocupantes y peatones) sin coste adicional para el lesionado.

Este servicio se presta en el marco del Convenio UNESPA, pudiendo elegir el Centro que prefieras o te venga mejor dentro de los adheridos al Convenio, incluso si te han atendido previamente en las urgencias de un Hospital Público.

Acudir a las Unidades de Tráfico te permite recibir todo el tratamiento que necesitas y las pruebas diagnósticas que te hacen falta en un solo centro, ahorrando tiempos de espera y sin coste alguno para ti.

Entonces… ¿Cuál es la mejor opción para tratarte si tienes un accidente de tráfico?

Lo habitual es que la primera asistencia tras el accidente la tengas en un Hospital Público, aunque podría ir directamente también a un Hospital Privado si lo deseas.

Recuerda que es fundamental que no hayan pasado más de 72 horas desde que tuviste el siniestro para acudir al Hospital, ya que, si acudes más tarde, puedes quedarte sin indemnización.

Si acudes a un Hospital Público, no olvides formalizar el impreso que te faciliten con todos los datos del siniestro para que no te cobren los gastos médicos.

Una vez recibida esa primera asistencia médica… ¿qué puedes hacer para tratarte tus lesiones?

  • Acudir al Centro Médico u Hospital que te indique la compañía de seguros. No lo recomendamos como abogados especialistas, pues por nuestra experiencia surgen problemas por la deficiencia en la asistencia. 
  • Acudir a un Hospital o Centro adherido al Convenio UNESPA. Puedes elegir el que mejor te convenga, donde puedes tratarte sin coste alguno porque ellos mismos se ocupan de repercutir a la compañía el importe de tu asistencia. 
  • Acudir al Hospital o centro privado que elijas libremente. En este caso tienes que pagar por adelantado el coste de tu tratamiento y después repercutirlo a la compañía del responsable del accidente.

 

¿Qué te recomendamos como expertos en accidentes de tráfico?

Cuando tienes abogado particular, siempre te va a recomendar la mejor opción para ti, teniendo en cuanta también que no es lo mismo sufrir una cervicalgia que unas lesiones muy graves.

La opción de acudir a Centros adheridos al Convenio UNESPA es la más cómoda y rápida, pero OJO, porque no todos los centros funcionan de la misma forma ni son igual de objetivos.

Tampoco te recomendamos que acudas al Centro que te indique la aseguradora, porque puedes encontrarte con que te dan el alta médica antes de tiempo o que se niegan a realizar pruebas diagnósticas que necesitas.

¿Qué ocurre si eres peatón o ciclista?

En este caso no tienes aseguradora propia, pero puedes acudir a una clínica o Centro adherido al Convenio y repercutirlo luego a la aseguradora del responsable.

 

¿Y cuál es la mejor opción para tu caso?

 

Cada accidente es diferente y cada víctima también.

Por eso te insistimos en la importancia de contar con ayuda legal, para poderte asesorar como abogados especialistas en accidentes y que tú solo te ocupes de recuperarte.

¿Hablamos?

Contacta con nosotros y cuéntanos tu caso. Te atendemos en una consulta gratuita y sin compromiso para que resuelvas tus dudas con nuestros abogados. Tus Abogados Accidentes de Tráfico Madrid.

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