Indemnización por latigazo cervical: por qué da tantos problemas y qué debes hacer para reclamar y que te pague la aseguradora

indemnización por latigazo cervical
29 de junio de 2022

Aunque te parezca mentira, la indemnización por latigazo cervical es la que peor pagan las compañías de seguros.

Pero, además, es la más habitual, que afecta al 80% de los lesionados en un accidente de circulación.

La entrada en vigor en 2016 del actual Baremo de Tráfico perjudicó, y mucho, los intereses de los perjudicados en un siniestro con lesiones en el cuello.

Las compañías de seguros aprovecharon la nueva norma para negar, casi sistemáticamente, las indemnizaciones derivadas de un latigazo cervical.

Esto ha provocado una avalancha de demandas judiciales contra las aseguradoras por accidentes con daños en el cuello en particular, y en la columna en general.

Pese a todo, hay una buena noticia: estos casos se están ganando en los Tribunales cuando cuentas con la ayuda legal de abogados especialistas en accidentes de tráfico.

No olvides que la víctima eres tú: sea como sea tu lesión, tienes derecho a que te indemnicen por la totalidad de tus daños.

Si es tu caso, no lo dudes y reclama: en Valenzuela & Resel Abogados podemos ayudarte.

En qué consiste una indemnización por latigazo cervical

Se llama “latigazo cervical” a la lesión que se produce, sobre todo en los golpes por alcance trasero, cuando en la colisión el cuello realiza un movimiento brusco de hiperextensión o hiperflexión hacia atrás y hacia adelante, semejante al que produce un látigo.

Es una lesión que no afecta a todo el mundo por igual y puede ser leve y curar en pocas semanas, o mucho más grave, provocando la aparición de protusiones y hernias e incluso requiriendo cirugía en los casos más severos.

Factores como la edad, el sexo, la constitución física, la existencia de antecedentes cervicales previos al siniestro, o incluso la posición de la cabeza en el momento del impacto, afectan a la gravedad de la lesión.

Las estadísticas indican que un 50% de lesionados por latigazo cervical se recuperan bien después de unas semanas de tratamiento rehabilitador.

Del resto, hay un 40% de perjudicados que se curan con algún tipo de secuela, y el 10% restante suele tener daños más graves que pueden requerir incluso cirugía.

Para tratar un latigazo cervical hace falta, además de la analgesia, recibir tratamiento rehabilitador, que también es motivo de polémica con las compañías cuando no lo autorizan o lo cortan antes de tiempo por considerar la lesión cervical un daño menor.

La importancia de las primeras 72 horas desde el accidente en un latigazo cervical

Un problema muy habitual cuando se reclama una indemnización por latigazo cervical se deriva de la falta de conocimiento de muchos lesionados sobre la necesidad de recibir asistencia médica antes de las 72 horas desde el siniestro.

Esto ocurre porque muchos perjudicados que sufren daños en el cuello piensan erróneamente que el dolor se va a pasar con calmantes y no van al médico.

También ocurre que tras el accidente tienen solo leves molestias y no acuden al Hospital pensando que se pasará con unos días de reposo.

Esto siempre es un error:

Aunque el siniestro haya sido leve, la mayoría de las veces el dolor aparece en las 24-48 posteriores, y vas a necesitar tratamiento rehabilitador con toda seguridad.

Si no acudes al Hospital a que te hagan un primer diagnóstico de lesiones antes de que pasen 72 horas desde el accidente, la aseguradora NO te va a pagar alegando que se ha roto el nexo causal.

Los problemas para reclamar una indemnización por latigazo cervical

Las compañías de seguros te van a poner todo tipo de trabas para pagarte una indemnización por latigazo cervical.

Y lo hacen sistemáticamente, sin tener en cuenta cada caso en particular:

Si te reconocen el derecho a indemnización, la oferta va a ser muy baja y por supuesto no se corresponderá con los daños que has tenido.

Si directamente se niegan a pagarte, van a utilizar el famoso artículo 135 del Baremo de Tráfico, sobre todo apelando al criterio de intensidad (pocos daños materiales= no puedes haber tenido lesiones).

Pero, además, las aseguradoras suelen utilizar criterios estadísticos para concluir que no puedes haber sufrido daños cervicales en estos accidentes.

Esto significa que valoran a todas las víctimas por igual, sin tener en cuenta que el daño no afecta de la misma forma a todos los lesionados.

Dicho de otro modo: no afecta igual un latigazo cervical a una chica de 50 kilos que a un hombre que pesa 80, ni a una niña de 12 años de la misma forma que a su abuela de 60, que tiene patologías propias de la edad en la columna.

 

Lo que dice el Baremo de Tráfico: el artículo 135 y el criterio de intensidad

El artículo 135 del Baremo de Tráfico se ha hecho famoso por ser el argumento legal que utilizan las aseguradoras para negar el pago de una indemnización por latigazo cervical.

Este artículo recoge 4 criterios que deben cumplirse para que una víctima de lesiones en la columna vertebral pueda reclamar una indemnización por sus daños.

Cualquiera de ellos (topográfico, cronológico, de intensidad y de exclusión) puede provocar que la compañía de seguros no quiera pagarte.

Los más conflictivos son el cronológico y el de intensidad.

Al cronológico ya nos hemos referido: si no acudes al Hospital antes de las 72 horas posteriores al accidente y tienes un primer informe médico de lesiones, la aseguradora no te va a pagar porque “se rompe el nexo causal”.

Da igual que después de esas 72 horas tengas muchos documentos y pruebas médicas que demuestren tus daños en la columna: seguro que los tienes, pero no te los van a reconocer.

El segundo punto de controversia es la aplicación del criterio de intensidad, que alude a los daños materiales: si son escasos, no pueden haberse producido lesiones.

Esto perjudica a la mayoría de víctimas de accidentes leves, sobre todo en las colisiones traseras por alcance.

Muchas veces aportan en los procedimientos judiciales informes de biomecánica y estudios que concluyen indicando la imposibilidad de que tengas lesiones cuando apenas hay daños materiales.

Con una buena defensa legal de abogados especialistas estos casos se ganan y los informes de análisis del criterio de intensidad que utilizan las compañías cada vez merecen menos credibilidad para los jueces.

 

Lo que hacen las compañías de seguros: problemas con los días moderados, la rehabilitación y las secuelas

A la hora de pagar una indemnización por latigazo cervical, las aseguradoras te van a poner muy difíciles las cosas, no solo para pagarte, sino también para ayudar a restablecerte.

Problemas con la rehabilitación

Como consideran “menor” este tipo de lesión, pueden cortarte antes de tiempo la rehabilitación que tienes derecho a recibir a través del seguro, y darte el alta médica con pocas sesiones, aunque no te hayas restablecido todavía.

Esto también repercute en tu indemnización: cuantos menos días de recuperación, menor cantidad a pagarte.

Problemas con los días moderados

Las aseguradoras tienden a equiparar el día moderado con el de baja laboral, y si no la hay, los indemnizan como básicos.

La diferencia entre pagar un día como “moderado” o “básico” viene a ser casi del doble: de 32,91 € por día básico a 57,04 € por día moderado en este año 2022.

Sin embargo, el artículo 54 del Baremo valora como día moderado no poder trabajar, pero también no poder hacer en todo o parte actividades como el deporte, el ocio o la vida de relación.

Un ama de casa, un estudiante, un jubilado, una persona en paro, o un trabajador sin baja laboral que sigue trabajando, aunque esté yendo a rehabilitación, pueden ser indemnizados por latigazo cervical por los días moderados que correspondan.

En todos estos supuestos, la valoración de los días debe hacerse atendiendo al caso concreto.

Lo habitual es interpretar el periodo de recuperación de la víctima valorando días moderados y básicos atendiendo a su evolutivo y su documentación médica.

Por ejemplo, si tienes un latigazo cervical y tu médico te prescribe durante 15 días no hacer deporte y mantener reposo, aunque no tengas baja laboral esos días deben considerarse moderados.

Problemas con las secuelas

Es rarísimo que una aseguradora te reconozca secuelas derivadas de una lesión cervical.

El artículo 135 indica que para reconocerlas y pagarlas es necesario que consten en un “informe médico concluyente”.

¿Y qué significa “concluyente”?

No hablamos de informes irrebatibles, sino de informes que “concluyen” que a fecha de tu alta médica te han quedado secuelas.

Esto puede indicarse en el informe de alta del médico rehabilitador o de tu traumatólogo, que son los profesionales que han seguido toda tu evolución.

Si, por ejemplo, indican que a fecha del alta te queda una limitación de movilidad, la aseguradora debe valorarlo como secuela y pagártela en la indemnización.

Sin embargo, en la práctica las compañías no indemnizan secuelas a pesar de que aparezcan en los informes médicos “concluyentes”.

 

Qué tienes que hacer para reclamar indemnización por latigazo cervical

Si en cualquier siniestro de tráfico es importante que tengas ayuda legal especializada, cuando reclamas una indemnización por latigazo cervical, el abogado experto en accidentes es imprescindible.

Por eso, antes de dar cualquier paso debes asesorarte para no cometer errores en estos casos que generan tanta controversia.

¿Qué te recomendamos hacer en estas reclamaciones?

Acudir siempre al Hospital de inmediato tras el accidente: no esperes a que pasen las 72 horas porque la compañía se negará a pagarte indemnización.

Realizarte pruebas médicas complementarias (como una resonancia magnética) que puedan demostrar que hay lesión cervical desde el punto de vista médico.

En muchos casos las radiografías simples que te hacen en Urgencias no evidencian lesión alguna.

Solo con que aparezca una rectificación de la curvatura cervical ya tienes una prueba médica que evidencia que hay daño en el cuello provocado por el latigazo cervical.

Recopilar cuantos más documentos médicos, mejor: recuerda la importancia del “informe concluyente”.

Si la aseguradora decide no pagarte la indemnización por latigazo cervical o su oferta no se corresponde con tus daños, tu abogado te indicará las opciones para reclamar.

En Valenzuela & Resel Abogados hemos ganado el 98,04% de las reclamaciones judiciales derivadas de lesiones cervicales y podemos ayudarte.

Si has sufrido un latigazo cervical en un accidente de tráfico y no eres culpable exclusivo, contacta con nosotros y en una consulta gratuita y sin compromiso te resolvemos todas tus dudas. Tus Abogados de Accidentes de Tráfico en Madrid.

 

 

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